Comentarios sobre la nueva ley 2142 del 10 de agosto del 2021
La nueva ley 2142 del 10 de agosto del 2021, les permite a los institutos y centros de investigación, reconocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (Minciencias), que tengan la capacidad de realizar y orientar procesos académicos e investigativos en un área específica del conocimiento, directamente o a través de convenios con universidades ─ previo cumplimiento de las disposiciones legales establecidas para dicho fin y de las normas que contenga la reglamentación de la ley en comento que expida el Gobierno Nacional ─, obtener el registro calificado para ofrecer y desarrollar programas académicos de maestría y doctorado y para otorgar, consecuencialmente, los títulos correspondientes, como se colige del texto de la ley 2142 que se comenta.
Se trata de una ley corta de seis (6) artículos, en tres hojas oficio, la tercera es de firmas y cuyo enlace (link) para que la puedan leer, se los copio a continuación.
Una vez obtenido el reconocimiento por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación para la oferta de programas de maestrías y doctorado, el Ministerio de Educación Nacional adelantará el trámite de registro calificado de las solicitudes radicadas.
Esta ley, desde que era un proyecto, viene recibiedo serias críticas de algunos rectores de universidades y otros gurús de la educación, que llegaron hasta a hablar de doctorados de garaje.
Sobre esta ley El observatorio de la universidad colombiana, sostiene que la principal crítica de rectores y académicos, es que estas organizaciones (institutos y centros de investigación) no tienen la tradición, el conocimiento ni las mismas condiciones de calidad de investigación que puede ofrecer una universidad.
https://www.universidad.edu.co/tras-firma-de-ley-no-2142-sector-llora-sobre-la-leche-derramada/
Igualmente otros aseguran que esta ley desfinanciará a las universidades y que nada garantiza la calidad de los dicentes que en esos institutos se formen y que todo se trata de hacer negocios.
Por el contrario el doctor Alfonso Clavijo González, Presidente del Club de Abogados de Bogotá, que fue fundado en 1919 y decano de la Academia Colombiana de la Abogacía, considera que esta ley logrará democratizar los postgrados y los doctorados en Colombia, lo cual generará equidad en el acceso a nuevas fuentes de formación posgradual, en las cuales para poder ser admitido primarán las competencias por encima de las capacidades económicas de los aspirantes, quienes se beneficiarán del expertice de esos institutos, lo que contribuirá a generar conocimiento y riqueza para la comunidad.
Para el doctor Clavijo, “…la gran importancia de esta ley radica en que estos centros de investigación de altísima calidad, puedan crear programas en los que los precios de matrícula sean más bajos, por no requerir, estos centros, de la infraestructura que demanda una universidad y lograr así el incremento de la oferta de programas de formación avanzada en los que Colombia presenta un notable atraso.
Sostiene igualmente que “En el caso particular de los doctorados, los precios de las matrículas son inalcanzables para el común, incluso en áreas del conocimiento estratégicas para las necesidades del país, por ejemplo, en el área de la salud, donde el Instituto Nacional de Salud –INS– o el Instituto Colombiano de Cancerología (ICC) pueden jugar un papel fundamental en la solución de la conocida escasez de especialista médicos, pues nótese que de 5.000 graduados en medicina, solo 1.500 provienen de familias con altos ingresos y que, como es obvio, la carencia de post graduados, incide en la demora de las EPS para asignar citas con especialistas y que, por lo tanto, esta nueva ley se traducirá en mayores y mejores alternativas para estudiar un posgrado de la más alta calidad y a precios razonables.
Agrega que “…Para nadie es una secreto que Colombia tiene un exceso de universidades conocidas como de garaje, que usan el posgrado solo como fuente de ingresos, pero con serios problemas de medios y calidad en sus programas, y dificultades al momento de tratar de obtener los registros calificados o las renovaciones de programas de este tipo por las debilidades notorias en sus aportes a la investigación y que, además, son escasas las universidades de categoría superior y bien ranqueadas internacionalmente y ello por lo que ofrecen muy pocos programas de doctorado, con una admisión reducida de estudiantes que cuenten con medios económicos altos para sufragar sus matrículas, por lo que la alternativa de que los centros de investigación reconocidos por Minciencias ─ los que muchas veces están por encima, en términos de investigadores y calidad, de muchas universidades, puedan ofrecer programas de maestría y doctorado de la más alta calidad es plausible, dado que un centro de investigaciones que cuenta con doctores, grupos de investigación con varios años de existencia y de experiencia y categorizados por Minciencias, en cuanto acrediten productos de investigación reconocidos, participación en convenios internacionales y demás requisitos requeridos por el doble rasero de pasar primero por el filtro de Minciencias para luego adelantar el procedimiento de registro en el Ministerio de Educación, con estrictos y múltiples requisitos en cada paso del proceso, son garantía de la calidad esperada.
Agrega que en Colombia, “…..Tenemos ejemplos claros de institutos de excelencia dedicados a la investigación como los el Instituto Colombiano de Cancerología ICC, el Instituto Nacional de Salud INS, el Instituto Caro y Cuervo, el Centro de Investigaciones de Agricultura Tropical, el Centro de Investigaciones Biológicas de Medellín, el Instituto Latinoamericano de Altos Estudios ILAE, el Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales IEPRI, el Instituto Colombiano Agropecuario, el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras, en el Instituto Nacional de Cancerología, en el Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta, el Centro Nacional de Investigaciones de Café.
Finalmente expresa que “…Las universidades –las débiles en investigación y calidad– ahora se arrogan la función de desacreditar a los institutos y centros de investigación, sin siquiera saber cuáles son los requisitos que una institución de estas deberá cumplir para obtener el registro calificado y ello solamente tratando de politizar inútilmente el impacto positivo de la ley con la excusa de la calidad, que ellas mismas no son capaces de ofrecer y de contera para desviar la atención del paso gigante que da el país en tratar de brindar acceso igualitario a postgrados y doctorados, a nuestra población profesional, de bajos recursos.
Esperemos que esta ley sea reglamentada prontamente para que no se convierta en letra muerta, como ha pasado con muchas otras, simplemente porque los ministerios de Ciencia y Tecnología o el de Educación Nacional no muestren interés para que su reglamentación se expida, tal y como sucedió, por ejemplo, con la superintendencia de Educación, creada por la Ley 1740 de 2014 que es una necesidad sentida y que se quedó en letra muerta o con la Ley 1911 de 2.018, que creó la contribución solidaria a la educación superior, contribución que el ICETEX tampoco ha reglamentado, como lo avizora El observatorio de la universidad colombiana.
Continúa el debate.
José León Jaramillo Jaramillo es abogado litigante, reconocido columnista de opinión . Además, ha ocupado importantes cargos en los sectores público y privado, como que fue procurador general de la nación (e). Leer más.